Si ha finalizado tu relación de pareja y estás planeando formalizar el divorcio, separación o extinción de tu relación estable de pareja, seguramente tengas dudas sobre cuáles son los puntos se deben tratar en dicho trámite.
En este articulo te facilitamos esa información para que puedas empezar a plantear como enfocar este trámite.
5 Puntos clave a tratar en los procesos de familia:
1. Potestad parental y guarda de los hijos menores.
Con la finalización de la relación de pareja no se alteran las responsabilidades parentales, por ello, si tienes hijos menores de edad, resulta indispensable estipular a quien corresponderá la potestad parental y la guarda de los hijos menores de edad (o incapacitados judicialmente). Este punto será recogido un plan de parantalidad que recogerá todo lo necesario a este respecto.
2. Pensión de alimentos y gastos extraordinarios de los hijos.
Estrechamente ligado al anterior punto está el tratamiento de la pensión de alimentos (cuya finalidad es sufragar de los gastos ordinarios) y del abono de los gastos extraordinarios de los hijos. Existen múltiples maneras de gestionar establecer estos puntos y su acuerdo variará dependiendo en gran medida del tipo de guarda que se establezca y de los ingresos y capacidad económica de cada progenitor.
3. Prestación o pensión compensatoria y/o indemnización o compensación por razón de trabajo.
Hay una gran confusión entre ambas figuras que si bien trataremos con mayor profundidad en futuros artículos, podemos resolver de una manera más general indicando que la prestación o pensión compensatoria tiene por finalidad ayudar al cónyuge al cual el divorcio o separación lo coloca en una situación de desequilibrio y/o perjuicio respecto del otro. Por otro lado, la indemnización o compensación por razón de trabajo es un derecho a favor de quien, estando casado/a en régimen de separación de bienes propio de Cataluña, ha trabajado para la casa sustancialmente más que el otro conjugue y en el momento del divorcio o separación sufre un desequilibrio económico respecto de su cónyuge por razón de esa dedicación.
4. Atribución o distribución del uso de la vivienda familiar.
Los conyugues pueden acordar o solicitar judicialmente que se les atribuya el uso del domicilio familiar tras la ruptura. El uso implica el hacer uso de la vivienda en determinadas condiciones y/o por un plazo, pero es independiente del derecho de propiedad. Esta atribución del uso de la vivienda familiar se acuerde en base a varias circunstancias conexas, como la atribución de la guarda y custodia de los hijos, así como la capacidad económica o mayor necesidad de uno de los cónyuges.
5.Otras medidas de carácter patrimonial.
Otras medidas a acordar en estos casos son las relativas a cualquier otro activo (es decir, otros bienes de la pareja tales como a segundas propiedades, cuentas bancarias, acciones, vehículos etc. ) como de cualquier pasivo (hipoteca, deudas, etc).
Así pues, si estás enfrentando un proceso de divorcio, separación o extinción de pareja estable, es conveniente que resuelvas en todos estos puntos para dejar la situación lo más regulada posible.
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